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Manual de Prevención de Riesgos Laborales dirigido a los talleres de mantenimiento y reparación de vehículos

1.1.2.9 Vías y salidas de evacuación

  • El número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de evacuación dependerán del uso, de los equipos y de las dimensiones de los lugares de trabajo, así como del número máximo de personas que puedan estar presentes en los mismos.
  • Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de circulación que den acceso a ellas, deberán permanecer libres de obstáculos.
  • Deben desembocar lo más directamente posible al exterior o a una zona de seguridad.
  • En caso de avería eléctrica, las vías y salidas de evacuación dispondrán de iluminación de seguridad de intensidad adecuada.
  • Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de urgencia pueda abrirlas fácil e inmediatamente.

Están prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias.

  • Las vías y salidas específicas de evacuación deberán señalizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo.